Entre el aluvión de preparativos que se os vienen encima a la hora de planificar la boda: fecha, lugar, banquete, vestido y un largo etcétera, muchas veces se tiende a dejar de lado un tema indispensable: los trámites civiles y burocráticos correspondientes. Bien te cases por la Iglesia o bien por lo civil, tienes que hacer frente a una serie de papeleos y tener preparada una determinada documentación que te pueden traer de cabeza si no los preparas bien.
Si habéis decidido casaros por lo civil, una muy buena opción es celebrar una boda ante notario ya que desde julio de 2015, dicho funcionario público también puede celebrar bodas.
Sin embargo, os recordamos que el expediente matrimonial debéis seguir tramitándolo en el Registro Civil. En 2015 el Gobierno también aprobó que este expediente lo pudiesen tramitar las notarías, pero el 30 de junio de 2017 el PP presentó una petición de cambio de esa ley en el Senado que, de salir adelante, pospondría la puesta en vigor hasta el año 2018, aproximadamente.
Ventajas
El principal beneficio de una boda ante notario es la mayor agilidad de la gestión. Solicitar cita para casarse ante notario siempre va a ser un proceso más rápido y flexible. Los juzgados y ayuntamientos suelen tener periodos de espera más largos y hay que ponerse con los trámites con mucha más antelación. Sin embargo, una notaría te podrá dar cita con cierta inmediatez y, además, en función del territorio, con un coste más bajo. El precio aproximado es de unos 120 euros, sin incluir costes adicionales. En todo caso, os recomedamos solicitar antes un presupuesto aproximado.
Además, si el notario está de acuerdo y lo pactas previamente con él, puedes celebrar la boda fuera de la notaria. Eso sí, el desplazamiento podría implicar algún coste extra.
Para celebrar el matrimonio, el notario está obligado a leer los artículos 66, 67 y 68 y preguntará a los contrayentes si consienten en contraer matrimonio con el otro y si efectivamente lo contraen en dicho acto y, ante una respuesta afirmativa de ambos, declarará que los mismos quedan unidos en matrimonio.
Si vosotros queréis añadir algún tipo de lectura o ritual más personal, podéis hacerlo sin problema siempre que no se altere esta parte legal y lo acordéis con el notario.
Inconvenientes
Como os comentabamos al inicio del post, el expediente matrimonial lo tenéis que solicitar aún en el Registro Civil, este sigue siendo un trámite algo tedioso que el notario no os podrá evitar.
El notario deberá ser competente para actuar en el lugar de la celebración de la boda. Es decir, que si vives en Zaragoza no te puede casar un notario de Madrid, tiene que pertenecer al distrito notarial de uno de los contrayentes.
En conclusión, si vas a celebrar una boda civil, calcula los plazos que falten para tu boda y contempla la opción de que os case un notario ya que te puedes ahorrar algunas esperas. Una vez que tengas este trámite atado, ¡a seguir con otros preparativos más divertidos!